Se condena a la Diputación Floral de Bizkaia en concepto de responsabilidad patrimonial por daños causados en el vehículo de propiedad del demandante en accidente ocurrido el 28/8/2009 en la carretera BI-631 en el punto kilométrico 6.
La demanda se sustenta por un lado en el deficiente estado y condición de la vía, por causa del desgaste del asfalto, y en otro, en la falta de señalización concerniente al tramo de concentración de accidentes.
Es una Asociación SIN ÁNIMO DE LUCRO de ámbito nacional con CIF G62484480 e inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior con fecha 22/11/2000 y Nº Nacional 167202 de la Sección 1ª.
Declarada de UTILIDAD PÚBLICA en el BOE nº40 del jueves 15 de Febrero del 2007.
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