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NdP SENTENCIA JUZGADO Nº 3 MADRID, 22/8/2011.

     

    Recibimos con estupor y rechazo la sentencia de un juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº  3 Madrid, por la que exime a José Miguel Ayllón de la sanción por falta grave por circular con su automóvil oyendo música a través de un auricular colocado en uno de sus oídos.

    Desde la Asociación STOP Accidentes, consideramos que sentencias como éstas, al margen de que puedan o no estar sujetas a derecho, no ayudan a que la sociedad se conciencie del riesgo que supone no conducir con la atención suficiente y por lo tanto que ésta situación aumenta considerablemente el peligro potencial de accidente.

    A nuestro criterio el anular la audición de un oído producido por la colocación de un auricular no es comparable en modo alguno con una conversación tranquila o con la audición de un aparato de música a un volumen moderado, de hecho éstas circunstancias llegan a ser positivas ya que evitan que el conductor pueda sufrir somnolencia, causa frecuente de accidentes de tráfico.

    En último lugar, queremos hacer un llamamiento a los jueces de nuestro país, para que aumenten su grado de implicación y sensibilidad en la defensa de las víctimas de los siniestros del tráfico que tantas veces tenemos que ser testigos de  la defensa de un interés particular en detrimento de la seguridad vial de la sociedad en general. 

    Ver noticia:
     
    www.elpais.com/articulo/espana/juez/dictamina/conducir/oyendo/musica/auricular/sancionable/elpepunac/20110817elpepinac_16/Tes

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