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NdP LA SEGURIDAD VIAL NECESITA EL APOYO DE LA JUSTICIA

     NOTA DE PRENSA

     

     LA SEGURIDAD VIAL NECESITA EL APOYO DE LA JUSTICIA

    Comentario de STOP ACCIDENTES a la Sentencia del Juzgado Penal nº 13 de Sevilla por atropello y fallecimiento de MANUEL SAEZ POZO, un joven de 32 años, dictada por la Magistrada Doña M. del Carmen Barrero Rodríguez.

    Nuestra Asociación siente una gran incomprensión ante el resultado de algunas Sentencias, como la presente que comentamos, que en nuestra modesta opinión parecen declinarse hacia la protección del delincuente y parecen olvidar los derechos de las víctimas y de sus familias, y por ello, seguiremos reivindicando una justicia que apoye la mejora de la seguridad vial y que no premie a los irresponsables que quitan vidas y que destruyen familias.

    No se trata de buscar castigos ejemplares, sino un correcto cumplimiento de la Ley y una aplicación justa y equitativa, que no desprecie a la víctima y a su familia y que ayude para seguir reduciendo la siniestralidad, pues en muchas ocasiones, y esta Sentencia así nos lo parece, en nada colabora con la seguridad vial de nuestros ciudadanos.

    Nos gustaría que después de leer este breve artículo, reflexionemos, si es necesario nos indignemos, y después, nos comprometamos todos en mejorar nuestra Justicia y mejorar nuestras políticas de seguridad vial, pues después de la pérdida trágica de una vida humana, debería haber al menos JUSTICIA.

    Hechos reconocidos en la Sentencia: una conductora, la acusada, conducía según dice la propia Juez en las siguientes condiciones:

    - Lo hacía después de haber ingerido bebidas alcohólicas.
    - La prueba de alcoholemia dio positiva (0,67 y 0,65 miligramos de alcohol).
    - Se hizo la prueba una hora y media después del accidente.
    - Si se hubiera hecho antes el resultado hubiera sido posiblemente peor.
    - Advirtió con antelación suficiente la presencia del peatón.
    - A pesar de ello, no accionó los frenos del vehículo.
    - Tampoco realizó ninguna maniobra de evasión.
    - Se limitó solo a tocar reiteradamente el claxon.
    - Finalmente, atropelló y mató a un joven de 32 años.

    Cualquier ciudadano queda “conmocionado” después de leer cómo ocurrieron estos hechos, pero nos faltan añadir unos datos para que podamos reflexionar y decidamos indignarnos o no indignarnos:

    - La acusada se introdujo en un carril destinado a servicio público.
    - En ese carril tenía prohibida la circulación.
    - En ese carril atropelló y mató al peatón.
    - Para hacerlo, no respetó una doble línea continua.
    - Y tampoco respetó una señal vertical que se lo prohibía.

    Pero después de todo lo aquí relatado, la Juez decide que resulta muy importante analizar la actuación del joven fallecido, un peatón que según la Sentencia se le encuentran “muchos males”:

    - Al hacerle la autopsia dio positivo en alcohol (pero él no conducía).
    - Estaba cruzando el carril de servicio público para parar un taxi.
    - Pero en ese carril no debía circular el vehículo que le atropelló.
    - No cruzaba solo, existía un grupo de personas en la calzada.
    - Al parecer, dos chicos y dos chicas.
    - Un testigo lo vio “volar por los aires” (vaya golpe que recibió).
    - Que por donde cruzaba el semáforo cambió de color (de verde a rojo).

    Y para podernos realizar una adecuada valoración, las propias conclusiones que establece la Sentencia, vienen a ser las siguientes:

    - El accidente se produce en un tramo recto.
    - La acusada tenía una buena visibilidad.
    - El carril solo debía utilizarlo el servicio público.
    - La acusada observó al peatón con suficiente antelación.
    - Le tocó el claxon, pero sin frenar, sin maniobrar, sin intentar evadirlo.
    - Conducía con tasa de alcohol y no controlaba el vehículo.
    - No adoptó ninguna precaución o acción para evitar el atropello.

    Por tales hechos en nuestra opinión MUY GRAVES, el Ministerio Fiscal y el Abogado de la familia del joven fallecido pedían 3 años de prisión y 4 años de privación del derecho de conducir vehículos a la acusada, pero la Juez considera que lo justo y razonable son 4 meses y 15 días de prisión (que no cumplirá), 3 años y 6 meses de privación del derecho a conducir vehículos y 600 Euros de multa, pues considera que debe reducir las penas de la acusada por “la actuación del peatón”.

    Importante saber que la pena de prisión se la pone por conducir con alcohol, pero la imprudencia se califica como FALTA, es decir, es una “imprudencia leve”.

    Quizás todos deberíamos estudiar para Juez y quizás entonces comprenderíamos esta Sentencia, pues los que no hemos estudiado para una labor tan importante, sabemos que lo que hizo la acusada era GRAVE, MUY GRAVE, GRAVÍSIMO, y que calificar su actuación y el resultado como “falta”, es decir, “imprudencia leve”, ya nos podrán venir maravillosos Magistrados o eruditos del Derecho, pero la ciudadanía ni lo entiende, ni lo comparte, ni lo comprende, aunque eso solo es nuestra opinión, la de una Asociación que lucha por la seguridad vial, para que se reduzca la siniestralidad y para que los derechos de las víctimas y sus familias sean respetados.

    Ahora, ustedes deben decidir si les parece JUSTICIA y también si debemos indignarnos o no indignarnos, y comprometernos o no comprometernos por la LUCHA POR LA SEGURIDAD VIAL.


    NOTA FINAL: Ningún comentario hemos querido hacer para no extendernos en este artículo sobre la otra “vergüenza”, el sistema indemnizatorio español, donde a los padres del fallecido se les indemniza en 113.729 Euros, lógicamente a cargo de una entidad aseguradora, cuando ya muchas veces nos hemos pronunciado en STOP ACCIDENTES sobre la necesidad de la urgente reforma del baremo de indemnizaciones a las víctimas de los accidentes de tráfico, donde somos un país de bajas indemnizaciones y donde las grandes multinacionales del mundo del seguro han desembarcado en España por ser de bajo nivel indemnizatorio y allí en sus países de origen pagar correctas y mucho mejores indemnizaciones a sus ciudadanos, pues al parecer los españoles no merecemos el mismo trato y el mismo derecho que tienen otros ciudadanos europeos.

    STOP ACCIDENTES
    Asociación de Ayuda y Orientación a las Víctimas de los Accidentes de Tráfico.

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