Tras el Estatuto de la Víctima no se ha dado ni presupuesto ni personal para poder ejecutarlo. “Hay oficinas de atención a la víctima donde no podemos acudir porque su personal no está preparado para ello y además no se le ha dado la suficiente publicidad como para saber que tienes ese lugar a donde ir para que te ayuden”, explica la Presidenta de Stop Accidentes Ana Novella.
“Nadie está preparado para vivir una experiencia tan grave como es un siniestro de tráfico. Y por ello en el ámbito catalán se creo el SIAVT en 2012”, comenzaba Anna Pinto de la Comisión de Tráfico y Seguridad Vial de Cataluña. Y es que después de un siniestro la víctima se encuentra desprotegida. Para intentar evitar esa situación el Servei Català de Trànsit puso en funcionamiento este servicio de ayuda, orientación e información a las víctimas de siniestros de tráfico y las familias que hayan quedado afectadas por un siniestro vial, ya sean directas o indirectas. Lo hacen los 365 días al año de manera presencial, telefónica y por información web, ya que “todos los días se producen siniestros viales”.
A través de este servicio también se “facilitan trámites, se pone al alcance los recursos y prestaciones existentes. Por otro lado, se les apoya a nivel jurídico para que conozcan los derechos que les asisten legalmente. Se pone a disposición de la víctima una atención psicológica, pues se producen situaciones emocionales que hay que identificar y se les ayuda a entender y afrontar este impacto”, explicaba Anna. Sin embargo el problema está en que la sociedad no conoce ese servicio y para paliar esta situación han decidido intentar llevar a cabo campañas de información, renovar la web, hacer nuevos folletos informativos e implicar a policías locales y ayuntamientos en la difusión de estos servicios a los que verdaderamente los necesitan.
En el caso de País Vasco, el Sr. Antonio J. Perdices Mañas, jurista del Servicio SAV de Asistencia a la Víctima del departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, nos explicó el sistema de intervención coordinada en un centro donde se verifiquen las necesidades y se de una intervención estructurada con un trato adecuado para una respuesta más acertada a cada víctima de siniestro vial. Todo ello con el objetivo de “evitar que la víctima reviva su papel ante la incomprensión del sistema y las consecuencias de esta situación no aporten a estas personas un estigma social”. De tal forma que en estos centros se informa y se protege a la víctima. Además se interviene para favorecer a la mejor resolución posible de los problemas sobrevenidos por esta nueva situación. “Y todo ello se hace teniendo en cuenta los daños físicos, psicológicos y materiales”, explicaba el Sr. Perdices Mañas.
Sin embargo, existe una problemática y es que no todas las víctimas pueden ser atendidas por este servicio. Pues cuando hay delito si se supone que hay víctima, pero cuando es imprudencia leve no está recogido como delito desde la reforma del Código Penal (2015) y por lo tanto para la Ley no hay víctima. Es el caso, por poner un ejemplo, de personas que pierden a un familiar por un siniestro en el que solo ha intervenido el familiar fallecido. Es un siniestro vial pero no es delito y los familiares afectados por esa pérdida no pueden ser atendidos al no considerarles víctimas. No obstante, estas personas siguen teniendo unas necesidades acuciantes derivadas de esta terrible pérdida y son víctimas a todos los efectos.
Es por ello el SAV, consciente de esta situación de imperiosa necesidad, quiso firmar un acuerdo con Stop Accidentes País Vasco a través del cual se comprometían a atender a las personas que vengan a través de la asociación y que se encuentren desorientadas por esta situación.
La problemática está en que el servicio está en ocasiones colapsado por lo que se pide que sigan apostando por él aportando más especialistas que puedan dar respuesta a la demanda de asistencia.
CONCLUSIÓN: Nos gustaría destacar que desde la organización sin ánimo de lucro Stop Accidentes queremos seguir apostando por la aplicación del Estatuto de las Víctimas para todas ellas sin excepción. Así como el impulso de las oficinas de atención a las víctimas, ubicadas en las sedes judiciales.
Es una Asociación SIN ÁNIMO DE LUCRO de ámbito nacional con CIF G62484480 e inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior con fecha 22/11/2000 y Nº Nacional 167202 de la Sección 1ª.
Declarada de UTILIDAD PÚBLICA en el BOE nº40 del jueves 15 de Febrero del 2007.
C/ Paseo de la Reina Cristina, 11 - 1ºD · 28014 Madrid Tlf/Fax: +34 91 416 55 65
Evaluación socios