Enviado por: Troy Mcclure Mi pregunta es si se efectúa el pago anticipado de la multa para acogerte a la reduccion del 30%, si luego puedes alegar o no.??
Enviado por: Taxi Driver Efectivamente,Troy, tu puedes pagar, recurrir, ganar el recurso y que te retornen el dinero.
Es mas, cuando te imponen una sanción económica acompoñada de suspensión temporal del Permiso de Conducción, tu la puedes pagar en el mismo momento en que el Agente te denuncia, pero en cambio no puedes entregarle el permiso de conducción a un agente mientras este en plazo de alegar. Y mientras puedas recurrir no puedes entregar el permiso de conducción en un Destacamento de la Guardia Civil de Tráfico, solo lo podrías entregar en Jefatura Provincial. Esto es por que tu pagas y entregas el permiso, y luego recurres y ganas, el dinero se puede retornar, pero quien te retorna tu derecho a conducir en el tiempo que duro la sanción?.
Enviado por: ramon Creo que no se refiere a si puede pagar y recurrir sino a si tiene derecho al descuento del 30%, en este caso según el proyecto de modificación del RGC (voy atrasado en normativa, aún no he consultado la ley) No tendría derecho a la reducción "implicará la conformidad con los hechos la renuncia a formular alegaciones..."
Enviado por: ramon Taxi d. a ver si puedes sacarme de una duda, acabo de leerme la "ley del carnet por puntos y no entiendo lo relativo al tema que nos ocupa. Textualmente dice así"el abono anticipado con la reducción anteriormente señalada(...)implicará únicamente la renuncia a formlar alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de formular resolución expresa,sin perjuicio de interponer los recursos correspondientes" ¿Si no se puede alegar cóo se puede recurrir? ¿se refiere a la renuncia al pliego de descargo pero no así al recurso ordinario? puesto que de otro modo parece una contradicción.
Enviado por: Taxi Driver Ramon, yo aun no lo lei, yo no se cual sera la diferencia entre alegar y recurrir, pero seguro que Juridicamente sean terminos diferentes. Quizas si un abogado lee tu mensaje nos lo pueda aclarar.
Enviado por: Agente Significa que con el pago, aceptas los hechos, lo cual implica que ni siquiera se dará resolucion, por lo que ahí acabará el procedimiento sancionador. Total que pagas con el derecho al descuento pertinente, dandó así por finalizado el procedimiento, siempre y cuando no lleve una suspension del permiso de conduccion, por que en tal caso sería lo único que quedaría pendiente.